Hace unos días, la Junta de Extremadura ha publicado en el DOE el Decreto 110/2018, de 17 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones para actuaciones en energías renovables en Extremadura.

Con este decreto, el gobierno regional pretende incentivar el uso de las energías renovables en la comunidad, subvencionando el 40% del coste de la instalación,ya sea para nueva instalación, mejora o ampliación. Estas ayudas pueden ser solicitadas por particulares y empresas, beneficiándose del ahorro económico y medioambiental que tienen estas energías frente a las tradicionales.

Vamos a resumir, mediante una seria de preguntas, las dudas más comunes que pueden surgir respecto a esta ayuda.

¿Cuál es el objeto de la subvención?

La presente orden tiene por objeto aprobar la convocatoria de subvenciones para la adquisición
de nuevas instalaciones de energías renovables

 

¿Qué tipo de actuaciones son subvencionables?

Las instalaciones subvencionables más destacadas son: 

-Instalaciones para producción de energía térmica que utilicen la biomasa como
combustible, así como la sustitución de quemadores de combustibles fósiles por
quemadores de biomasa.

-Instalaciones de energía solar térmica de baja temperatura para agua caliente sanitaria.

-Instalaciones de producción de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos
en instalaciones aisladas con y sin acumulación, así como de Autoconsumo

-Instalaciones de aerotermia, geotermia e hidrotermia.

Estas ayudas son especialmente interesantes para las instalaciones de Autoconsumo en empresas; permitiendo un gran ahorro en la factura de electricidad, mejorando su competitividad y diferenciándose del resto de empresas del sector.

 

¿Qué coste se subvencionan en las instalaciones?

Todos los derivados, incluyendo los proyectos, los informes o los certificados necesarios, así como la legalización de las instalaciones.

 

¿Quiénes son los destinatarios de la ayuda?

– Las personas físicas, respecto a las viviendas de su propiedad; ya sean de uso habitual o segunda vivienda.
– Las comunidades de propietarios.
– Los municipios y entidades locales menores.
– Las empresas privadas y sus agrupaciones, siempre que dispongan de personalidad jurídica, así como los empresarios autónomos.

 

¿Cuál es el método que se sigue para adjudicar las ayudas?

El método de adjudicación es por concesión directa, según se van solicitando se van aprobando, por lo que se recomienda que, si se está interesado en solicitar esta ayuda, se haga cuanto antes para tener más opciones de aprobación ya que la convocatoria de las ayudas se cierra al agotar los fondos disponibles.

 

¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?

Los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda son simples: Estar al corriente de pagos con la Hacienda pública y poseer las escrituras de la vivienda o escrituras de constitución de la empresa.

 

¿Cuáles son las cuantías máximas subvencionables?

Del 40 % para particulares y empresas.

Del 80 % para ayuntamientos.

La cuantía máxima subvencionable es:

-150.000 € para Biomasa, tanto estufas como calderas.

-40.000 € para Instalaciones Solares Térmicas de baja temperatura.

-30.000 € para Instalaciones Fotovoltaicas.

 

¿Cuál es el plazo para presentar solicitudes?

La subvención estará abierta hasta agosto de 2019 o hasta que se terminen los fondos destinados a este fin.

 

¿Cuándo comienzan las actuaciones?

Las actuaciones no se pueden iniciar antes del  día siguiente al de haber presentado la solicitud en la que declarará que aún no haya iniciado las mismas. Se exceptúan los trabajos preparatorios como proyectos o permisos que pueden ser anteriores.

 

¿Cual es el plazo de ejecución de la instalación una vez entregada la solicitud de la ayuda?

Se fijará en la Resolución de Concesión, la cual ha de notificarse antes de cumplidos los seis meses de la solicitud. Podrá pedirse prorroga de forma justificada.

 

En Enersolex nos encargamos de gestionar la documentación y de la tramitación con la administración para que el cliente consiga estas ayudas de la forma más simple y cómoda.

Toda la información sobre la ayuda la puedes encontrar en el Decreto al que se accede mediante el siguiente enlace

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